La versión 3.3 del CFDi ha traído muchos cambios, uno de ellos es el complemento de pagos, el cual hasta el 31 de Agosto de 2018 era un documento voluntario, pero a partir del 1 de septiembre de 2018 se ha convertido en un documento obligatorio, por lo tanto debemos de conocer las reglas que dicta el SAT para cumplir de forma adecuada con la emisión de este complemento. A continuación presentamos las dudas mas frecuentes sobre la generación de este complemento.
¿Qué es el recibo de pagos o complemento de pago?
Es un comprobante que se emite por la recepción de pagos en parcialidades o diferido, en los casos que se reciba el pago de un CFDI en una sola exhibición al momento de generar el CFDI, este comprobante no será necesario generarlo.
A través de este comprobante se estará informando al SAT detalles como fecha de pago, forma de pago, lugar de expedición, entre otros datos relacionados con el pago de los CFDI’s emitidos con anterioridad.
¿Quien esta obligado a emitir el complemento de pago?
Toda persona o empresa que emita una factura (CFDI) por la venta o prestación de servicios y no reciba un pago de contado, tiene la obligación fiscal de generar un complemento de pago, el cual se puede realizar de la siguiente manera:
- Si la venta o prestación de servicio se pagara en parcialidades, se deberá emitir un CFDI por el valor total de la operación, posteriormente se debe generar un complemento de pago por cada recepción de efectivo que se obtenga hasta completar el total de la factura.
- Si la venta o prestación de servicio es diferido (por ejemplo, 30 dias, 60 dias, etc..) se deberá emitir un CFDI por el total de la operación, al momento de recibir el pago de la factura relacionada, se deberá emitir un complemento de pago por el total de la factura.
El complemento de pago deberá emitirse a mas tardar al decimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda la recepción del pago.
¿Para que sirve el complemento de pago?
Una de las principales funciones es simplificar la recepción de pagos en parcialidades, así como conciliar las facturas vs pagos, que aplica para los pagos en parcialidades, en una sola exhibición, pero que no se hayan pagado al momento de expedir la factura. Es importante mencionar que el complemento se podrá generar únicamente cuando se haya confirmado el deposito en la cuenta del emisor, de esta forma el emisor esta declarando que conoce al 100% el método de pago de dicho comprobante y que ya fue cubierto el importe total o parcial de la factura emitida.
Otra de las razón por las que el SAT implemento este complemento de pago, es para evitar la cancelación de facturas de manera deliberada, una vez que estas habían sido pagadas, además evita la duplicidad de ingresos y ayuda a conocer las facturas abonadas y las que no.
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